LA JUSTICIA COMO PARTE DEL PROCESO DE SANACIÓN.

La Corte IDH no ha definido la obligación de impartir justicia. No obstante, el alcance de esta obligación se ha establecido a partir de su jurisprudencia sobre combate a la impunidad y así por “justicia” se entiende a la “investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de las personas responsables de las violaciones a derechos humanos”.

En Chile, obtener “justicia”, en casos de violencia intrafamiliar es una tarea difícil, las mujeres no sólo tardan en promedio 8-9 años en denunciar situaciones de maltrato dentro del contexto familiar, sino que cuando lo hacen se encuentran con una serie de obstáculos en el ámbito legal.

Por ejemplo; en materia penal se ha hecho un mal hábito cerrar las causas de VIF con “ordenes de no perseverar”, donde el agresor queda impune, por otra parte, cuando la pelea es por el cuidado de los hij@s en común o el régimen comunicacional se in-visibiliza por completo la historia de violencia y las instituciones disocian la figura del agresor contra la mujer, de la de padre, perpetuando con ello la violencia, no sólo respecto de la mujer, sino también de los hij@s.

Entonces ¿cómo explicamos que las mujeres, aún sabiendo todo lo anterior, igual se decidan a denunciar?

Yo, supongo que es parte de un proceso de sanación, de poder contar su versión de los hechos, con la esperanza de encontrar autoridades que las escuchen, que sean imparciales y que puedan reconocer el daño que han sufrido, para así de algún modo encontrar justicia.